Fiscal

Trust y vínculos de destinación en Italia: el nuevo régimen fiscal visto desde Argentina

Cómo tributa un trust con bienes en Italia tras la reforma: impuesto al pasar los bienes a los beneficiarios, opción de pago anticipado y alternativas.

Desde el 1° de enero de 2025 Italia tiene una regla clara para la tributación de los trust: el impuesto a las sucesiones y donaciones se paga cuando los bienes pasan del trust a los beneficiarios, no antes. La reforma del decreto legislativo 139/2024 sumó además una opción para anticipar ese pago al momento del aporte, con las franquicias y alícuotas vigentes hoy. Si vivís en Argentina y tenés bienes en Italia, o estás pensando cómo ordenar tu patrimonio entre los dos países, entender este esquema te ayuda a decidir si un trust tiene sentido para vos o si te conviene algo más simple.

Trust y fideicomiso: parecidos, pero no iguales

El trust es una figura de origen anglosajón: una persona, el disponente (settlor), transfiere bienes a un trustee, que los administra en interés de uno o más beneficiarios según las reglas del acto constitutivo. Italia no tiene una ley interna de trust, pero reconoce los constituidos bajo una ley extranjera desde que ratificó la Convención de La Haya de 1985 mediante la ley 364 de 1989, en vigor desde 1992. Por eso existen los llamados “trust internos”: residentes italianos que constituyen trusts regidos por una ley extranjera, con bienes y beneficiarios en Italia.

Argentina no es parte de esa convención. Lo que vos conocés de cerca es el fideicomiso del Código Civil y Comercial, artículos 1666 y siguientes: el fiduciante transmite bienes al fiduciario, que los administra en beneficio del beneficiario y los entrega al fideicomisario al cumplirse el plazo o la condición. Las dos figuras se parecen, pero no son intercambiables. El fideicomiso argentino tiene un plazo máximo de treinta años, salvo que el beneficiario sea una persona incapaz, y reglas propias de fondo y de forma. Trasladar sin más un fideicomiso argentino sobre bienes italianos, o un trust sobre bienes argentinos, exige análisis caso por caso.

Italia suma una tercera herramienta: los vínculos de destinación del artículo 2645-ter del código civil. Permiten afectar inmuebles o bienes muebles registrados a un fin merecedor de tutela, por hasta noventa años o por la vida de la persona beneficiaria. La reforma fiscal trata estos vínculos junto con los trust, bajo las mismas reglas.

Qué cambió con la reforma

Durante años la tributación del trust en Italia fue terreno de criterios cambiantes entre la administración y los tribunales. El decreto legislativo 139/2024, publicado en la Gazzetta Ufficiale el 2 de octubre de 2024, cerró la discusión: incorporó el artículo 4-bis al texto único del impuesto a las sucesiones y donaciones, con efecto para los actos otorgados y las sucesiones abiertas desde el 1° de enero de 2025.

La regla general es la tributación “a la salida”. El impuesto se aplica cuando los bienes o derechos se transfieren a los beneficiarios, y solo en la medida en que el trust o el vínculo produzca un enriquecimiento gratuito a favor de ellos. El aporte de los bienes al trust, por sí solo, no genera el impuesto sucesorio.

Las franquicias y alícuotas se calculan según la relación entre disponente y beneficiario, igual que en una herencia o donación directa: 4% para cónyuge e hijos, con franquicia de un millón de euros por persona; 6% para hermanos, con franquicia de cien mil euros; 6% sin franquicia para otros parientes hasta el cuarto grado; 8% para el resto. Si hay inmuebles, se agregan las imposte ipotecaria y catastale. La Agenzia delle Entrate explicó el régimen completo en la circular 3/E del 16 de abril de 2025.

La opción de pagar “a la entrada”

La novedad más interesante para quien planifica es la opción por la tributación anticipada. El disponente puede elegir pagar el impuesto en ocasión de cada aporte de bienes al trust. En el trust testamentario, la opción la ejerce el trustee a la apertura de la sucesión. La base imponible, las franquicias y las alícuotas se determinan en ese momento, según el valor de los bienes y la relación entre disponente y beneficiario.

El efecto es potente: pagado el impuesto a la entrada, las transferencias posteriores a favor de beneficiarios de la misma categoría no vuelven a tributar. La contracara también es nítida: lo pagado no se devuelve, aunque el trust después no se complete como estaba previsto. La norma admite la opción incluso para los trust constituidos antes de la reforma.

¿Conviene ejercerla? Depende de cada caso, y prometer resultados no sería serio. A favor: fijás hoy las reglas del juego, aprovechás las franquicias actuales y les evitás a tus beneficiarios un impuesto futuro de monto incierto. En contra: adelantás un pago que no se reembolsa y renunciás a la chance de que el marco futuro resulte más liviano. La decisión sale de comparar los dos escenarios con números reales, no de una regla general.

El corredor Argentina–Italia: hasta dónde llega el impuesto

La reforma fijó también la territorialidad para los trust. Se mira la residencia del disponente al momento de la separación patrimonial, es decir, cuando los bienes quedan vinculados. Si el disponente reside en Italia en ese momento, el impuesto italiano alcanza todos los bienes transferidos, estén donde estén. Si el disponente no reside en Italia —tu caso, si vivís en Rosario o Buenos Aires—, alcanza únicamente los bienes situados en territorio italiano.

Del lado argentino el cuadro tributario es más liviano: no existe un impuesto nacional a la herencia, y la única provincia que grava las transmisiones gratuitas es Buenos Aires. Santa Fe no lo aplica, como explicamos en la nota sobre la sucesión en Santa Fe y el impuesto a la herencia. Queda en pie, igual, la pregunta por la ley que rige la sucesión en su conjunto: para los bienes italianos manda el criterio de la residencia habitual del Reglamento (UE) 650/2012, con la posibilidad de elegir la ley de tu ciudadanía, como contamos en qué ley rige tu herencia.

Cuándo un trust tiene sentido

Un trust bien armado resuelve situaciones que el testamento maneja con dificultad:

  • Beneficiarios que necesitan protección en el tiempo: hijos menores, personas con discapacidad, familiares que no pueden administrar un patrimonio.
  • Patrimonios empresariales o inmobiliarios complejos, donde conviene una gestión unificada en lugar de una comunidad de herederos repartida entre dos países.
  • Orden generacional: definir hoy quién administra, quién percibe rentas y quién recibe el capital, con reglas estables por décadas.

Para el caso más frecuente del corredor —un departamento en Italia, una cuenta bancaria, algunos ahorros— el trust suele ser una estructura desproporcionada. Exige un trustee, redacción especializada, administración continua y obligaciones fiscales propias. Ninguna de esas piezas es gratuita ni automática.

Hay además un límite que ninguna estructura puede saltear: la legítima. En Argentina, el fideicomiso testamentario no debe afectar la legítima de los herederos forzosos (artículo 2493 del Código Civil y Comercial, con la excepción de la mejora al heredero con discapacidad). En Italia, la successione necessaria protege de modo análogo a cónyuge, hijos y ascendientes. Un trust pensado para excluir a un heredero forzoso nace con un problema serio en los dos ordenamientos.

Alternativas más simples

Antes de armar un trust, conviene medir estas opciones contra tu objetivo real:

  • Testamento con elección de ley: si tenés ciudadanía italiana o argentina, la professio iuris del Reglamento 650/2012 te permite someter toda la sucesión a la ley de tu ciudadanía y ganar previsibilidad sin ninguna estructura.
  • Seguro de vida con beneficiario designado: el capital llega al beneficiario por fuera del trámite sucesorio, con una designación que podés actualizar.
  • Donaciones en vida: anticipan la transmisión, aunque tienen efectos propios sobre la legítima y las cuentas futuras entre herederos; merecen una nota aparte.
  • Vínculo de destinación del 2645-ter: para un objetivo puntual sobre un inmueble italiano, sin montar un trust completo.

Errores que conviene evitar

Cuatro tropiezos se repiten en la planificación entre los dos países. Copiar estructuras diseñadas para otros ordenamientos sin revisar las dos legítimas. Asumir que un fideicomiso argentino funciona en Italia igual que un trust reconocido por la Convención de La Haya, cuando su tratamiento requiere análisis específico. Optar por la tributación a la entrada sin comparar escenarios con valores reales. Y desatender la parte operativa: cuando los bienes finalmente pasan a los beneficiarios, la autoliquidación del impuesto sucesorio italiano sigue teniendo sus plazos y sus formas.

Desde Rosario, Josefina Strano ordena la planificación del lado argentino y coordina con notarios y profesionales italianos de confianza la parte que se ejecuta en Italia. Si querés ubicar el trust dentro del mapa completo de una herencia con bienes italianos, empezá por la guía sobre heredar bienes en Italia desde el exterior.

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